Liquidación de EPS: asalto a clínicas y hospitales

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Nota: Este articulo fue publicado oficialmente el  13 de marzo de 2022 en el portal mascolombia.com

 

El no pago de las deudas de las EPS liquidadas desfinancia a las IPS públicas y privadas y termina lesionando en materia grave el derecho a la salud de los colombianos que tanto se proclama.

 

La realidad de la salud en Colombia exige tomar medidas urgentes. Persisten múltiples formas de corrupción y no obstante estar centrado el sistema en la atención de la enfermedad, se mantienen enormes barreras de acceso a los servicios. Son innegables las deplorables condiciones salariales y de contratación de la mayoría del personal de salud. A la atención primaria, la prevención y la promoción y a la red pública de hospitales se les ha negado en la vida real el papel que corresponde y no cuentan con la financiación necesaria. En este contexto, hay un gravísimo problema que la opinión poco conoce:  a los hospitales y clínicas públicas y privadas no se les paga oportunamente, o simplemente no se les paga, tal como ocurre cuando se liquida una EPS.

En estas liquidaciones cuando se configura lo que técnicamente se denomina “el desequilibrio financiero”, en la práctica se decreta el no pago de las deudas que la EPS liquidada había adquirido con clínicas y hospitales públicos y privados, con los profesionales y trabajadores de esa EPS, con los pacientes que por alguna demanda hubieran ganado algún tipo de indemnización, e incluso con los contratistas a los que se les debiera el pago por trabajos realizados. 

El 15 de febrero pasado, el agente liquidador expidió la Resolución 003 de 2022, “Por medio de la cual … declara configurado el desequilibrio financiero de CAFESALUD EPS…”. La resolución en su artículo 3º, declara a su vez, la imposibilidad de constituir la reserva técnica y financiera necesaria para pagar a los acreedores. La liquidación de una empresa de salud sigue un procedimiento calcado del sistema financiero en el cual se asimila la eliminación de la personería jurídica de la EPS a la defunción de una persona, cuyo fallecimiento implica que cesan todas las acciones legales que pudieran existir en su contra. 

Como diría alguien en palabras coloquiales, el “desequilibrio financiero” es una medida mediante la cual con la ley en la mano se “asaltan” las finanzas de las clínicas y hospitales públicos y privados del país. Solo en el caso de CAFESALUD, el total de los pasivos es de un billón ochocientos cincuenta mil novecientos ochenta y ocho millones setecientos veintitrés mil seiscientos dieciséis pesos ($1.850.988.723.616). Para los prestadores de salud, “esa platica se perdió”.

El mismo pasado 15 de febrero, el mismo agente liquidador expidió la Resolución en la que también declara el desequilibrio financiero de la EPS Cruz Blanca. En este caso dejarán de pagarse $243.684.095.730. La liquidación de la EPS COOMEVA está en curso y sus pasivos se estiman en 1,7 billones de pesos. COMFACOR fue liquidada el año anterior y declarado su desequilibrio financiero, y se espera el resultado de las liquidaciones de las EPS SaludVida, Emdisalud, Ambuq, Comparta y Comfamiliar Cartagena…

Se ha configurado, entonces, un patrón que permite afirmar que la política del gobierno es la de liquidar EPS con problemas financieros con el argumento de defender a los usuarios afiliados, mientras logra por esta vía consolidar el monopolio de unas pocas y poderosas EPS. Objetivo este, contemplado en el proyecto de Ley 010 – 2020 de reforma a la salud, presentado con el apoyo del gobierno y que se hundió en el Congreso de la República ante la fuerza de la protesta social. El proceso de concentración de las EPS está golpeando sin misericordia a los hospitales públicos y privados.

Carlos Felipe Muñoz, experto en la operación de aseguradoras y prestadores de salud, al analizar la reciente liquidación de CAFESALUD, ubica los orígenes de esta situación en noviembre del 2015, cuando el entonces ministro de salud Alejandro Gaviria ordenó la liquidación  de la EPS  Saludcoop y el traslado de sus afiliados a Cafesalud.

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Según lo reportó el diario El Tiempo: Gaviria en su momento presentó esta medida como una “solución definitiva” al problema de Saludcoop y para “garantizar la atención de los usuarios, proteger de una posible quiebra a más de 4.000 prestadores y respetar los derechos laborales de los trabajadores, minimizando el uso de los recursos públicos. Nada de eso se logró. La migración a Cafesalud no solo no mejoró la situación para los afiliados de Saludcoop, sino que empeoró la atención para los pacientes de la primera. Y al frente de toda la operación, el Ministerio y la Superintendencia de Salud de la época sostuvieron a un ya cuestionado Guillermo Grosso, primero interventor de Saludcoop y luego nombrado presidente de Cafesalud. Hoy está preso porque la Fiscalía y la Contraloría dicen que malgastó al menos 70.000 millones de pesos de la salud pública” 

Para fortalecer financieramente a Cafesalud y por medio del decreto 681 del 2015 “el Ministerio de Salud adquirió bonos obligatoriamente convertibles en acciones de Cafesalud por 200.000 millones de pesos…”. Dos años después, ante el fracaso de Cafesalud, el gobierno decidió vender esta EPS. El Decreto 718 del 4 de mayo de 2017 firmado por el ministro Gaviria sirvió de marco jurídico para la venta de Cafesalud a MEDIMAS, decreto que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca instó a derogar por contener artículos que “…constituyen la génesis de la vulneración sistemática de los derechos e intereses colectivos al patrimonio público”.  Como de todos es sabido la historia no termina allí.

El no pago de las deudas de las EPS liquidadas desfinancia a las IPS públicas y privadas y termina lesionando en materia grave el derecho a la salud de los colombianos que tanto se proclama. Hospitales y Clínicas esperan que el sistema de salud establezca mecanismos que garanticen el que responda por sus obligaciones financieras. Esperan que el gobierno no adelante los procesos de liquidación de las EPS a la sombra del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, toda vez que estas empresas administran recursos públicos con destinación específica a la salud. Que se paguen mínimamente, así sea a prorrata, las acreencias reconocidas y que las deudas a hospitales y clínicas públicas y privadas se consideren prioritarias, y no como está sucediendo actualmente, que se categorizan en el último lugar de prelación. 

Con razón, Carlos Felipe Muñoz concluye su artículo sobre la liquidación de la EPS Cafesalud advirtiendo que el derecho a la salud está ligado a la suerte de las IPS y con el doloroso pronóstico de que probablemente, aunque se presenten demandas jurídicas, todo terminará: “…en la ruina dolorosa y progresiva de otra camada de prestadores y proveedores que se unirán a los que ya sufrieron la misma inequidad” (sn).

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